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Las opciones de los autónomos y las pymes para contratar trabajadores

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Más de 540.000 autónomos han generado empleo por cuenta ajena en 2017 según el Instituto Nacional de Estadística (INE); si nos centramos en pymes el dato se incrementa superando las 800.000 empresas que son fuente de trabajo.

Si quieres seguir los mismos pasos y estás pensando en contratar a un trabajador en Régimen General te contamos las principales opciones con las que cuentas:

Cuatro modelos de contrato laboral

Sumar un trabajador a la plantilla no es tarea sencilla. Antes debes sopesar cuáles son tus necesidades reales, qué perfil buscas, los recursos de los que dispones... Contar con una buena asesoría laboral te ayudará, no solo a determinar qué tipo de contrato te conviene ofertar, sino también a solicitar el código cuenta de cotización, confeccionar el propio contrato, enviar los seguros sociales o hacer la nómina del trabajador.

Has de tener en cuenta que con el objetivo de incentivar la contratación, la Seguridad Social posibilita una serie de bonificaciones en las cuotas empresariales en función del modelo de contrato realizado y del perfil del trabajador (véase edad, sexo, colectivo...). Existen un total de 42 contratos laborales que se agrupan en cuatro modelos diferenciados:

Contrato indefinido, el modelo estrella

Estabilidad y compromiso son las dos cualidades que ofrece al trabajador este tipo de contrato. Desde enero hasta septiembre del presente año, empresas y autónomos han realizado más de 15.990 contratos indefinidos conforme a los datos aportados por el Ministerio de Empleo.

Además, este modelo de contrato, que puede hacerse a jornada completa o parcial, ofrece a la persona física o jurídica contratante una serie de incentivos fiscales y bonificaciones en las cuotas empresariales. Hablamos de los incentivos que ofrece el contrato indefinido para emprendedores, mediante el cual, por el primer trabajador menor de 30 años contratado, la empresa tendrá derecho a una deducción de 3.000 euros de la cuota íntegra del período impositivo al finalizar un año de prueba.

En el apartado de bonificaciones en las cuotas empresariales, la Seguridad Social permite una reducción del 100% de las cuotas por contingencias comunes, durante un año, en caso de contratación indefinida de jóvenes desempleados menores de 30 años. Esta es solo una de las varias bonificaciones disponible por contrato indefinido.

Contrato temporal, el protagonista del empleo eventual

Para una campaña navideña o de verano, una sustitución o simplemente para probar la rentabilidad de un trabajador que te aligere la carga. El contrato temporal ofrece hasta 22 modalidades; las más comunes son:

- Contrato de trabajo por obra o servicio determinado con autonomía y sustantividad propia.

- Contrato eventual por circunstancias de la producción. Su duración no puede exceder los seis meses dentro de un periodo de un año o doce meses en un periodo de 18 por convenio colectivo.

- Contrato de interinidad. El objetivo de este modelo es la sustitución a trabajadores con reserva de su puesto de trabajo. La duración coincidirá con el tiempo de dura la causa que lo fundamenta.

Pero cuidado, el contrato temporal recurrente es un lastre para la calidad del empleo. De hecho, el mercado laboral nacional se caracteriza por su temporalidad estructural. España registra un 26% de empleo eventual, duplicando la media europea; en aras de penalizar el abuso del contrato temporal en las empresas el Gobierno estudia su penalización mediante el incremento de los costes en cotizaciones por desempleo.

El informe Randstad confirma este carácter temporal del empleo generado. Su último estudio habla de récord en contrataciones previstas para la campaña de Navidad de este año; en concreto se esperan más de 387.000 contrataciones temporales, un 11,1% más que en 2016.

Contrato de formación y aprendizaje, el trampolín al mercado laboral

Se presenta como una buena opción para jóvenes de menos de 25 años que quieran adquirir cualificación profesional y tener una primera toma de contacto con el mercado laboral. La realización de este tipo de contrato, que tiene una extensión límite de tres años, facilita al autónomo o empresario una bonificación completa de la cuota de la Seguridad Social tanto de la empresa como del trabajador. Y además en caso de transformación en contrato indefinido también habrá una reducción de 1.500 euros durante tres años en cuotas empresariales; 1.800 euros en caso de que la persona contratada sea mujer.

Contrato en prácticas, una primera oportunidad

Es también un contrato dirigido a jóvenes que hayan finalizado sus estudios hace menos de cuatro años. La duración mínima es de seis meses y la puedes ampliar hasta los dos años. De la misma manera que los modelos anteriores de contratación también ofrece bonificaciones e incentivos fiscales.

Posibles cambios en los modelos de contratación

Con el objetivo de mejorar la tasa de desempleo, que alcanza en la actualidad el 17,6%, y la calidad del empleo creado, el Gobierno y los agentes sociales estudian una serie de reformas laborales.

Junto a la propuesta de penalizar a las empresas que abusen del contrato temporal con cotizaciones sociales más costosas, también se estudia la reducción de los cuatro grandes tipos de contrato laboral a tres modalidades: indefinido, temporal y formativo.

En el diálogo social se plantea también la posibilidad de un modelo temporal de indemnización creciente que establece un incremento de la misma durante tres años y por tramos: en el primero se abonaría 12 días, 16 en el segundo y 20 en el tercero.

Contrato mercantil: la compraventa entre autónomos

Además de los contratos laborales existe otro recurso que no debes obviar. Si tu opción no pasa por un contrato laboral, sino por emplear a otro autónomo, dispones del contrato mercantil; este modelo, está a la orden del día cuando se trata de subcontratar los servicios temporales de otro trabajador por cuenta propia.

FUENTE: EL ECONOMISTA

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