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Tus obligaciones fiscales de octubre: modelos 111, 115, 130, 131, 202, 303 y 349

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La vuelta del verano supone entre otras cosas, que pymes y autónomos se tengan que poner al día con sus obligaciones con Hacienda. Octubre es en este sentido, uno de los meses más completos del año. A presentar, los modelos 111, 115, 130, 131, 202, 303 y 349. En este artículo te contamos lo que tienes que saber de cada uno de estos modelos y cómo debes cumplimentarlos.

Modelo 111: declaración trimestral de las retenciones del IRPF

El Modelo 111 es uno de los más utilizados por pymes y autónomos. Básicamente porque corresponde a la declaración trimestral de las retenciones del IRPF practicadas, entre otros, a profesionales y empresarios. Deben presentarlo los autónomos y empresas que cuenten con trabajadores en plantilla o que hayan contratado servicios de otros autónomos.

Modelo 115: liquidación de retenciones del IRPF practicadas a los alquileres a lo largo del trimestre

El Modelo 115 es un modelo de liquidación en el que pymes y autónomos declaran las retenciones del IRPF que han practicado a su alquileres a lo largo del trimestre. Tanto si es una oficina, un taller o cualquier otro espacio alquilado, es un modelo de obligada presentación y en el que hay que rendir cuentas a Hacienda por las retenciones que se han practicado cada mes por el pago de ese alquiler.

Modelo 130: autoliquidación del pago fraccionado del IRPF

El modelo 130 es el modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Deben presentarlo todas las personas físicas que desarrollen actividades económicas mediante estimación directa normal o simplificada.

Modelo 131: declaración trimestral para los autónomos que se encuentren en el régimen de estimación objetiva (módulos)

El modelo 131 es el modelo que trimestralmente los autónomos que se encuentren en el régimen de estimación objetiva (módulos) tienen la obligación de presentar ante la Agencia Tributaria. Como en el 130, el 131 se presenta cada trimestre y sirve para la presentación de los pagos fraccionados a Hacienda del IRPF.

Modelo 202: pago a cuenta del Impuesto de Sociedades

El modelo 202 hace referencia al pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Es decir, es el modelo que utilizan aquellas empresas que adelantan determinados importes sobre el correspondiente impuesto. Pese a que la mayoría de las empresas están obligadas a realizar este adelanto, muchas podrán solicitar posteriormente su devolución si la liquidación del impuesto sale a devolver.

Modelo 303: declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El modelo 303 representa la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En realidad indica el pago fraccionado del IVA, por el que el profesional deberá pagar a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas de ventas y el IVA soportado en sus facturas de gastos.

Modelo 349: declaración informativa mediante la cual se declaran operaciones intracomunitarias

El modelo 349 es una declaración informativa mediante la cual los autónomos y las empresas detallan sus operaciones intracomunitarias, es decir, aquellas compraventas de bienes o servicios realizadas a una empresa o profesional emplazado en otro estado miembro de la Unión Europea. Solo deben presentarlo aquellos profesionales que se hayan dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias, dispongan de un CIF intracomunitario y por lo tanto, emitan estas facturas sin IVA.

FUENTE:MUYPYMES

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