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¿Cuál es la única ayuda en materia de contratación para los autónomos que mantiene Empleo?

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“El contrato indefinido de familiar”

Después de la desaparición de la reducción del 100% de la cuota correspondiente a la Seguridad Social por contingencias comunes del trabajador que hiciera un contrato indefinido de  jóvenes menores de 30 años por parte de una microempresa y los incentivos para la contratación de proyectos de jóvenes emprendedores, ó los derogados contratos en prácticas, de formación, o aquellos para trabajadores procedentes de ETT. Éstas han sido derogadas con la aprobación de la nueva ley, así que ni los autónomos, ni las pymes podrán beneficiarse de ellas. Sí es importante saber que los contratos que estén vigentes, y aquellos que se hayan realizado con anterioridad al 1 de enero de este año, continuarán recibiendo los incentivos pertinentes. Lo que no se podrá es acceder a ellos para nuevos contratos en este ejercicio.

Sin embargo contratar a un familiar de manera indefinida, es la única vigente. Los autónomos que contraten a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad de hasta el segundo grado inclusive, podrán acceder a una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes. La duración de esta ayuda es de doce meses.

Los autónomos que contraten a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad de hasta el segundo grado inclusive, podrán acceder a una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes. La duración de esta ayuda es de doce meses, siempre que cumplan con los requisitos marcados por la normativa.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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