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En enero subirá la edad legal de jubilación hasta los 66 años y la pensión se calculará con 24 años cotizados

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A partir del 1 de enero del 2021 los españoles que quieran jubilarse con el 100% de la pensión tendrán que tener al menos 66 años cumplidos, es decir, dos meses más que actualmente, en virtud de la reforma de pensiones de 2013, en la que se elevaba progresivamente la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años, en un horizonte total de 15 años.

En dicha reforma de 2013, se mantuvo el requisito de cotización mínima para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación, en al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.

Así, para los trabajadores que quieran jubilarse con la pensión completa, será 66 años la edad que se exija para quienes acrediten menos de 37 años y tres meses de cotización, durante el 2020 se exigían 65 años y diez meses cumplidos para poder jubilarse con menos de 37 años cotizados. Por cada ejercicio se aumenta ese periodo en tres meses hasta llegar a 2027, cuando quien desee retirarse a los 65 deberá contar con una cotización de, al menos, 38 años y seis meses.

Además, el próximo año el periodo de cálculo de las pensiones sube un año respecto a 2020, desde los 23 años actuales hasta los 24 años. Esto supone que la pensión se calculará desde el 1 de enero en función de las cotizaciones de los últimos 24 años.

En el caso de que los trabajadores quieran acceder a la jubilación parcial sin que la empresa haga un contrato de relevo, la edad mínima de acceso será la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.

Si la empresa hace un contrato de relevo para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la edad mínima de acceso para la jubilación parcial será desde el próximo 1 de enero de 62 años si se tienen cotizados al menos 35 años y tres meses, o de 63 años en el caso de que se tengan 33 años cotizados.

Enlaces

- A la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social : https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13242

- A la disposición 2874 del BOE 65/2013 https://www.boe.es/boe/dias/2013/03/16/pdfs/BOE-A-2013-2874.pdf



FUENTE: ADADE CENTRAL

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