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Formas legales de emprender en solitario sin darse de alta en autónomos

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Figuras jurídicas para montar un negocio en solitario.

Cuando una persona quiere emprender un proyecto en solitario, parece que la única manera legal es darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y comenzar con la actividad. Sin embargo, no es la única de las posibilidades. A continuación, vamos a analizar las figuras jurídicas, a través de las cuales se puede emprender un negocio en solitario.

• Emprendedor de responsabilidad limitada. Esta figura no precisa de un capital mínimo para poder empezar una actividad empresarial. El emprendedor es quien controla, dirige y supervisa todo en el negocio, de igual manera que es responsable de las deudas. Esta figura puede excluir su vivienda habitual para no tener que responder con ella en caso de deuda, siempre y cuando tenga un valor inferior a 300.000 euros (o 450.000 en localidades de más de 1 millón de habitantes).

• Sociedad anónima. Aunque parece que deben formarla varios socios, lo cierto es que mientras se aporte el capital mínimo establecido (60.000 euros), es una posibilidad para ponerla en marcha un solo socio. El capital se divide en acciones, por lo que en caso de ser uno único, tendrá todas las acciones y serán para él todas las ganancias. Responde de las deudas con el capital aportado.

• Sociedad de responsabilidad limitada. El capital se divide en participaciones sociales, indivisibles y acumulables. De igual manera puede ser un único socio con todas las participaciones. Deberá aportar un capital inicial de 3.000 euros, que también se utiliza para responder en caso de deuda.

• Sociedad Limitada de Formación Sucesiva. Esta figura no precisa capital mínimo, sino que se aporta lo que se pueda, y no siempre dinero, sino que también puede ser bienes o derechos. La puede establecer un único socio, y sigue el mismo régimen que la SL, excepto algunas obligaciones.

• Sociedad Limitada Nueva Empresa. Una especialidad dentro de las SL. El máximo para formarla son cinco socios, y puede haber uno solo. Se debe aportar un capital entre 3.000 y 120.000 euros que se divide en participaciones. Es flexible y sencilla de establecer.

• Sociedad profesional. Se constituye para una actividad profesional, es decir, aquella que precisa de una formación universitaria, así como una inscripción en el Colegio Profesionalcorrespondiente. La forma un único socio, si se quieres, y debe escoger la figura bajo la que lo hace: SL, SA, etc.

FUENTE: CINCODÍAS

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