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Devolución del IVA pagado por las compras de viajeros en la Península e Isla Baleares

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A partir del día 5 de julio de 2018 queda suprimida la limitación de gasto mínimo de 90,15 € por factura, a efectos de la devolución del IVA pagado por las compras de viajeros en la Península e Isla Baleares.

Si usted abandona el territorio de la Unión Europea y cumple una serie de condiciones, puede solicitar la devolución del IVA que haya pagado en las compras realizadas en España.

¿Cuándo tiene derecho a la devolución?

Tendrá derecho si usted:

• Tiene su residencia habitual fuera de la Unión Europea (o en Canarias, Ceuta o Melilla).

• Sus compras no constituyen expediciones comerciales y abandonan la UE dentro de los tres meses siguientes a su adquisición

¿Cómo se hace?

1. En las tiendas donde realice sus compras pida el "formulario DIVA" tax free y si aún no lo están usando, llévese la factura completa.

2. Al llegar al puerto o aeropuerto, diríjase al punto de sellado de la aduana:

- Con DIVA podrá utilizar directamente las máquinas automáticas allí instaladas y seguir fácilmente sus instrucciones.

- Si no tiene formulario DIVA, diríjase al personal de la aduana, donde una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos, se sellarán las facturas manualmente.

Recuerde llevar consigo:

- Su pasaporte.

- Las facturas de compras o formulario DIVA.

- Y los bienes por los que solicita la devolución (ATENCIÓN: sin mercancías no hay sellado).

- Su tarjeta de embarque o bien su ticket de su compañía con la ruta de viaje.

3. En ambos casos, ya puede solicitar su dinero a su empresa de tax free ubicada en la zona de embarque (sujeta a comisión) o directamente a través de la tienda en la que hizo las compras.

En este último caso, debe enviar la factura debidamente sellada o bien únicamente indicación del formulario DIVA.

En caso de que abandone la Unión Europea haciendo tránsito en algún otro aeropuerto europeo, el sellado de las facturas correspondientes a las mercancías del equipaje de mano se realizará en la aduana del aeropuerto de tránsito.

FUENTE: DISJUREX

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