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Hasta un 150 % será el recargo por no declarar el alquiler de pisos en la Renta

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La AEAT ha enviado avisos a los contribuyentes en la Campaña de la Renta 2018-2019, para informarles de que dispone de datos sobre los arrendamientos turísticos y de que es obligatorio tributar por ellos.

Aquellos propietarios de viviendas de alquiler turístico que no incluyan estos ingresos en la declaración de la Renta, además de la sanción de abonar los rendimiento no declarados,  se exponen a un recargo de entre el 50% y el 150% del importe no declarado al fisco, en función de si la falta es leve, grave o muy grave.

Los contribuyentes que declaren tener una vivienda en alquiler en su autoliquidación del impuesto sobre la renta pueden acogerse a la reducción del 60% -que será del 100% si no se declara y Hacienda lo detecta-. 

Esta reducción no es aplicable a los alquileres turísticos, que tributan por la totalidad del importe de alquiler.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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