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La nueva Directiva de Insolvencia del Consejo Europeo sobre segunda oportunidad para empresarios endeudados

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La Directiva de Insolvencia se publicará próximamente en el Diario Oficial de la UE, tras su aprobación el pasado 6 de Junio 2019 por el Consejo Europeo y que, previamente, había aprobado el Parlamento de la Unión Europea, por la que los empresarios comunitarios sobreendeudados, que gocen de buena reputación, podrán acceder a un procedimiento que les pueda llevar a la plena exoneración de deudas en un plazo no superior a tres años, si cumplen con las exigencias establecidas por dicha Directiva. 

Los Estados miembros tendrán dos años a partir de ese momento para aplicar las nuevas disposiciones. Sin embargo, en casos debidamente justificados, podrán solicitar a la Comisión un año adicional para su aplicación.

Las nuevas normas prevén que parte del plan sea incluir una serie de elementos, como una descripción de la situación económica, mención de las partes afectadas y sus categorías o las condiciones de los planes, creando, además, un sistema de alerta temprana y acceso a la información para ayudar a los deudores a detectar las circunstancias que puedan provocar una insolvencia y advertirles de la necesidad de actuar lo antes posible.

La directiva tiene como objetivo general reducir los obstáculos a la libre circulación de capitales derivados de las diferencias entre los Estados miembros en materia de marcos de insolvencia y de reestructuración y mejorar en la UE la cultura del rescate basada en el principio de la segunda oportunidad, así como reducir la cantidad de préstamos no productivos en los balances financieros de los bancos y evitar la acumulación de dichos préstamos en un futuro.

Dado que hay 200.000 empresas en concurso de acreedores cada año (o 600 al día), lo que se traduce en la pérdida de 1,7 millones de puestos de trabajo directos, la Comisión estima importante ofrecer una auténtica segunda oportunidad a los empresarios para retomar su actividad, ya que crearía tres millones de puestos de trabajo en la UE.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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