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Seis meses después de la entrada en vigor del registro de jornada, Trabajo multa a un centenar de empresas

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El primer balance de la aplicación de la nueva normativa sobre el registro obligatorio de la jornada es positivo en términos de cumplimiento, de los 2.000 expedientes que abrieron, entre mayo y octubre, los inspectores de Trabajo, todos relacionados exclusivamente con la implantación y aplicación de un sistema diario para controlar cuántas horas trabaja la plantilla, y tras finalizar 505, sólo 107 han acabado con una sanción. Es decir, han sido multadas el 20% de las empresas inspeccionadas sólo por su sistema para fichar.

El importe de las sanciones reclamadas asciende a 1.263.378 euros, de los cuales 113.181 euros corresponden exclusivamente sobre el registro de jornada y algo más de 1.150.197 de euros en expedientes inscritos en la campaña específica en materia de tiempo de trabajo que desarrolla la Inspección.

Los Inspectores confirman que la mayoría de las empresas cumple con la nueva norma, Ana Ercoreca (Presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social), señala que hay un dato clave para comprobar que el ‘fichar’ al llegar a la oficina es una buena medida: “las horas extra no pagadas caen un 23,6% en el último trimestre”, según los datos de la EPA sólo hay cuatro sectores en los que las horas extra aumentan en términos interanuales: construcción (0,5%); Transporte (7,7%); Información y comunicaciones (17,5%); Inmobiliario (46%); Educación (16%). En todos los demás se observan reducciones.

Hay muchas empresas que no han implantado sistemas de control y que están negociando con sus trabajadores la forma de hacerlo “el registro debe adaptarse a la empresa y no ésta al registro”, apunta Ercoreca.

La normativa establece que se comete una infracción “grave” en materia de relaciones laborales, cuando la empresa no cuente con dicho registro, cuando este no sea accesible para quienes establece la ley (inspección, Seguridad Social o representante del trabajador) o cuando no se conserve.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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