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Comienza la declaración de la renta 2019 - IRPF campaña año 2020

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El día 1 de abril ha comenzado la campaña la Renta referida al ejercicio fiscal 2019, y desde el 1 de abril hasta el 25 de junio de 2020, podremos solicitar y presentar por internet el borrador de la declaración de la renta 2019 (IRPF campaña año 2020). Como el año pasado, se podrá utilizar la App de la Agencia Tributaria para móviles para conocer los datos fiscales del contribuyente y solicitar el nº de referencia para gestionar la declaración de la Renta 2019, o a través de Cl@ve PIN para obtener igualmente el nº de referencia y poder solicitar el borrador de la renta.

Estas son la fechas a tener en cuenta:

23.04.2020 / Consulta datos fiscales y nº de referencia
01.04.2020 / Inicio de la declaración de la renta & Inicio para presentar el borrador de la Renta
05.05.2020 / Inicio cita previa
07.05.2020 / Inicio de la atención telefónica
13.05.2020 / Inicio de la atención  presencial en oficinas
25.06.2020 / Finaliza el plazo para la domiciliación bancaria de declaraciones a ingresar.
30.06.2020 / Plazo máximo para el Borrador con resultado a ingresar con domiciliación

Estas son las novedades más significativas en el IRPF para 2020

La simplificación de la identificación del domicilio fiscal, incluyéndose un apartado separado del borrador. Se habilita también un apartado en el que se incluyen todos los datos sobre rendimientos del capital inmobiliario, donde deberás incluir todo lo referido al alquiler de tus inmuebles, en caso de tenerlos; amortizaciones o gastos deducibles, etc...

Tributación de los premios, a partir del 1 de enero de 2019 se puso en vigor la exención de los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 20.000€. Si el premio fuera superior, se somete a tributación respecto de la parte del mismo que excede de dicho importe, pues bien a  partir de 2020 también están exentos  los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000€.

La campaña de la Renta se mantiene pese a la incertidumbre sobre cuándo terminará el estado de alarma. Si se prolonga podría afectar a la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, que ahora están cerradas.

Les recomendamos que consulten sus dudas sobre la Declaración de la Renta con cualquiera de nuestros despachos.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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