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Ampliación de la deducción en el IRPF por rehabilitación de viviendas hasta 2024

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El Gobierno ha ampliado la deducción en el IRPF por la rehabilitación de viviendas hasta finales de 2024.


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Esta medida se enmarca en la Ley 10/2022, de 14 de junio, que contiene disposiciones urgentes para impulsar la rehabilitación de edificios en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La ley ofrece incentivos y ayudas significativas, incluyendo una deducción en el IRPF para proyectos de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética de las viviendas.

El objetivo principal es motivar a los contribuyentes a realizar mejoras en sus viviendas que contribuyan a aumentar su eficiencia energética.

Los contribuyentes tienen la oportunidad de beneficiarse de deducciones en el IRPF de hasta el 60% del importe invertido en obras de rehabilitación de viviendas habituales o mejoras en la eficiencia energética de las mismas. Este beneficio fiscal está disponible desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024., según la nueva ampliación establecida.

Deducción por rehabilitación en vivienda habitual en IRPF del 20%

Para obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración.

Para ser elegibles, las obras deben resultar en una reducción de al menos el 7% en la demanda de calefacción o refrigeración, tal como lo certifica un profesional después de completar las obras. La cantidad máxima anual que se puede deducir es de 5.000 euros.

Deducción por rehabilitación en vivienda habitual en IRPF del 40%

Para obras que mejoren el consumo de energía primaria no renovable.

Esta deducción se aplica a obras que mejoren el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda habitual o una propiedad arrendada para uso residencial. Para ello, se requiere una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria renovable o la obtención de una calificación energética “A” o “B”. La base máxima anual de esta deducción es de 7.500 euros.

Deducción por rehabilitación en vivienda habitual en IRPF del 60%

Para obras de rehabilitación energética de edificios residenciales.

Estas obras deben resultar en una mejora de la eficiencia energética del edificio en el que se ubica una vivienda con una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos el 30% o la obtención de una calificación energética “A” o “B”.

Además, esta deducción también puede aplicarse a plazas de garaje y trasteros adquiridos junto con la vivienda. Sin embargo, no se aplica a partes de la vivienda destinadas a actividades económicas ni en casos de mejoras en el edificio completo. La base máxima anual es de 5.000 euros, y se calcula en función del coeficiente de participación en una comunidad de propietarios.

Cabe destacar que estas deducciones son incompatibles entre sí para una misma obra, pero pueden combinarse si se trata de obras diferentes.

Además de estas deducciones, el Gobierno ha establecido una Línea de avales a través del Instituto del Crédito Oficial (ICO) para respaldar parcialmente la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. Con un límite de 1.100 millones de euros, esta línea de avales respaldará préstamos otorgados por entidades financieras privadas para proyectos de rehabilitación.

Es importante tener en cuenta que estas ayudas y subvenciones por rehabilitación de viviendas están exentas de tributación en el IRPF. En cuanto al IVA, para beneficiarse de un tipo reducido, el enfoque principal de las obras debe ser la construcción de la edificación, y el costo debe superar el 25% del precio de adquisición. Además, para aplicar la deducción y demostrar la reducción del consumo y/o demanda, se requiere un certificado energético antes y después de las obras.


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